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Verónica Sanjines
Abogada especialista en Derechos Humanos
El proyecto de Ley de Abreviación Procesal Penal – que actualmente está tratando el Órgano Legislativo Plurinacional - es un instrumento para mejorar la administración justicia, que viene atravesando un mal momento por la retardación de justicia, el excesivo formalismo en los procesos penales, la gran carga procesal y por la cultura de nuestra sociedad que tiende a penalizar toda conducta humana en lugar de promover mecanismos alternativos para la resolución de conflictos. Todo ello, genera un colapso en la aplicación de una justicia pronta y oportuna, tal como todas las personas aspiramos y merecemos tener.
Este proyecto de Ley tiene la finalidad de aliviar el sufrimiento de aquellas personas que, por diversas circunstancias, se convierten en víctimas o procesadas, debiendo enfrentar día a día una serie de barreras o cuellos de botella a momento de pedir el respeto y garantías para el cumplimiento de sus derechos.
Entre los contenidos más importantes de la Ley de Abreviación Procesal Penal figura la creación de las Medidas de Protección Especial en favor de mujeres, niñas/os y adolescentes que son víctimas de hechos de violencia, entre ellas se destacan las siguientes:
Es fundamental contar con estas medidas de protección para evitar las consecuencias que viven quienes denuncian hechos de violencia, reduciendo su vulnerabilidad y otorgándoles auxilio y protección de su integridad física psicológica y sexual. Estas medidas, una vez fundamentadas, deberán ser aplicadas por la Policía Boliviana o el Fiscal y son de cumplimiento inmediato y obligatorio por lo que incluso se puede recurrir al auxilio de la fuerza pública para su cumplimiento.
Por otra parte, esta norma prohíbe la revictimización de quien sufrió el hecho de violencia, disponiendo que su testimonio o declaración se realice en privado, una única vez, y con la presencia de sus familiares o peritos especializados.
Asimismo, durante cualquier etapa del proceso de los casos por violencia física o sexual contra niñas/os, adolescentes o mujeres, que tengan una pena privativa de libertad igual o superior a 6 años, la víctima o su representante legal podrán solicitar al Juez o Jueza que determinen también el divorcio o desvinculación de la unión libre, la asistencia familiar, la suspensión de la autoridad parental y la custodia o guarda de los hijos, todo en un solo proceso. Esta medida es fundamental ya que abreviará significativamente la carga procesal, los tiempos procesales y brindará las seguridades jurídicas que requiere cualquier víctima en estas circunstancias.
Para la aplicación efectiva del proyecto de Ley, es importante otorgar mayores recursos económicos y recursos humanos a todo el sistema de recepción de denuncias y al sistema jurídico en general, dotando de un mayor número de médicos forenses, jueces y fiscales especializados específicamente en materia de lucha contra la violencia hacia las mujeres, niñez y adolescencia.
En este sentido, la Ley también valida la participación de fundaciones y ONG para acompañar a las víctimas en los procesos de violencia, lo que sin duda coadyuvará para fortalecer la red de asistencia y protección que a la fecha es por demás insuficiente y que debe ser garantizada como derecho humano fundamental por el Estado boliviano y todas sus instancias.
En conclusión, la Ley de Abreviación Penal es la posibilidad de dar pasos hacia un verdadero y efectivo acceso a la justicia. En nuestro país, una mujer muere cada dos días por feminicidio, cada día se registran ante el Ministerio Público 13 denuncias por delitos de orden sexual y hay cerca de 104 denuncias diarias de hechos de violencia. Las soluciones no pueden esperar.
País:
Verónica Sanjines
Abogada especialista en Derechos Humanos
El proyecto de Ley de Abreviación Procesal Penal – que actualmente está tratando el Órgano Legislativo Plurinacional - es un instrumento para mejorar la administración justicia, que viene atravesando un mal momento por la retardación de justicia, el excesivo formalismo en los procesos penales, la gran carga procesal y por la cultura de nuestra sociedad que tiende a penalizar toda conducta humana en lugar de promover mecanismos alternativos para la resolución de conflictos. Todo ello, genera un colapso en la aplicación de una justicia pronta y oportuna, tal como todas las personas aspiramos y merecemos tener.
Este proyecto de Ley tiene la finalidad de aliviar el sufrimiento de aquellas personas que, por diversas circunstancias, se convierten en víctimas o procesadas, debiendo enfrentar día a día una serie de barreras o cuellos de botella a momento de pedir el respeto y garantías para el cumplimiento de sus derechos.
Entre los contenidos más importantes de la Ley de Abreviación Procesal Penal figura la creación de las Medidas de Protección Especial en favor de mujeres, niñas/os y adolescentes que son víctimas de hechos de violencia, entre ellas se destacan las siguientes:
Es fundamental contar con estas medidas de protección para evitar las consecuencias que viven quienes denuncian hechos de violencia, reduciendo su vulnerabilidad y otorgándoles auxilio y protección de su integridad física psicológica y sexual. Estas medidas, una vez fundamentadas, deberán ser aplicadas por la Policía Boliviana o el Fiscal y son de cumplimiento inmediato y obligatorio por lo que incluso se puede recurrir al auxilio de la fuerza pública para su cumplimiento.
Por otra parte, esta norma prohíbe la revictimización de quien sufrió el hecho de violencia, disponiendo que su testimonio o declaración se realice en privado, una única vez, y con la presencia de sus familiares o peritos especializados.
Asimismo, durante cualquier etapa del proceso de los casos por violencia física o sexual contra niñas/os, adolescentes o mujeres, que tengan una pena privativa de libertad igual o superior a 6 años, la víctima o su representante legal podrán solicitar al Juez o Jueza que determinen también el divorcio o desvinculación de la unión libre, la asistencia familiar, la suspensión de la autoridad parental y la custodia o guarda de los hijos, todo en un solo proceso. Esta medida es fundamental ya que abreviará significativamente la carga procesal, los tiempos procesales y brindará las seguridades jurídicas que requiere cualquier víctima en estas circunstancias.
Para la aplicación efectiva del proyecto de Ley, es importante otorgar mayores recursos económicos y recursos humanos a todo el sistema de recepción de denuncias y al sistema jurídico en general, dotando de un mayor número de médicos forenses, jueces y fiscales especializados específicamente en materia de lucha contra la violencia hacia las mujeres, niñez y adolescencia.
En este sentido, la Ley también valida la participación de fundaciones y ONG para acompañar a las víctimas en los procesos de violencia, lo que sin duda coadyuvará para fortalecer la red de asistencia y protección que a la fecha es por demás insuficiente y que debe ser garantizada como derecho humano fundamental por el Estado boliviano y todas sus instancias.
En conclusión, la Ley de Abreviación Penal es la posibilidad de dar pasos hacia un verdadero y efectivo acceso a la justicia. En nuestro país, una mujer muere cada dos días por feminicidio, cada día se registran ante el Ministerio Público 13 denuncias por delitos de orden sexual y hay cerca de 104 denuncias diarias de hechos de violencia. Las soluciones no pueden esperar.
País:
Verónica Sanjines
Abogada especialista en Derechos Humanos
El proyecto de Ley de Abreviación Procesal Penal – que actualmente está tratando el Órgano Legislativo Plurinacional - es un instrumento para mejorar la administración justicia, que viene atravesando un mal momento por la retardación de justicia, el excesivo formalismo en los procesos penales, la gran carga procesal y por la cultura de nuestra sociedad que tiende a penalizar toda conducta humana en lugar de promover mecanismos alternativos para la resolución de conflictos. Todo ello, genera un colapso en la aplicación de una justicia pronta y oportuna, tal como todas las personas aspiramos y merecemos tener.
Este proyecto de Ley tiene la finalidad de aliviar el sufrimiento de aquellas personas que, por diversas circunstancias, se convierten en víctimas o procesadas, debiendo enfrentar día a día una serie de barreras o cuellos de botella a momento de pedir el respeto y garantías para el cumplimiento de sus derechos.
Entre los contenidos más importantes de la Ley de Abreviación Procesal Penal figura la creación de las Medidas de Protección Especial en favor de mujeres, niñas/os y adolescentes que son víctimas de hechos de violencia, entre ellas se destacan las siguientes:
Es fundamental contar con estas medidas de protección para evitar las consecuencias que viven quienes denuncian hechos de violencia, reduciendo su vulnerabilidad y otorgándoles auxilio y protección de su integridad física psicológica y sexual. Estas medidas, una vez fundamentadas, deberán ser aplicadas por la Policía Boliviana o el Fiscal y son de cumplimiento inmediato y obligatorio por lo que incluso se puede recurrir al auxilio de la fuerza pública para su cumplimiento.
Por otra parte, esta norma prohíbe la revictimización de quien sufrió el hecho de violencia, disponiendo que su testimonio o declaración se realice en privado, una única vez, y con la presencia de sus familiares o peritos especializados.
Asimismo, durante cualquier etapa del proceso de los casos por violencia física o sexual contra niñas/os, adolescentes o mujeres, que tengan una pena privativa de libertad igual o superior a 6 años, la víctima o su representante legal podrán solicitar al Juez o Jueza que determinen también el divorcio o desvinculación de la unión libre, la asistencia familiar, la suspensión de la autoridad parental y la custodia o guarda de los hijos, todo en un solo proceso. Esta medida es fundamental ya que abreviará significativamente la carga procesal, los tiempos procesales y brindará las seguridades jurídicas que requiere cualquier víctima en estas circunstancias.
Para la aplicación efectiva del proyecto de Ley, es importante otorgar mayores recursos económicos y recursos humanos a todo el sistema de recepción de denuncias y al sistema jurídico en general, dotando de un mayor número de médicos forenses, jueces y fiscales especializados específicamente en materia de lucha contra la violencia hacia las mujeres, niñez y adolescencia.
En este sentido, la Ley también valida la participación de fundaciones y ONG para acompañar a las víctimas en los procesos de violencia, lo que sin duda coadyuvará para fortalecer la red de asistencia y protección que a la fecha es por demás insuficiente y que debe ser garantizada como derecho humano fundamental por el Estado boliviano y todas sus instancias.
En conclusión, la Ley de Abreviación Penal es la posibilidad de dar pasos hacia un verdadero y efectivo acceso a la justicia. En nuestro país, una mujer muere cada dos días por feminicidio, cada día se registran ante el Ministerio Público 13 denuncias por delitos de orden sexual y hay cerca de 104 denuncias diarias de hechos de violencia. Las soluciones no pueden esperar.
País:
Verónica Sanjines
Abogada especialista en Derechos Humanos
El proyecto de Ley de Abreviación Procesal Penal – que actualmente está tratando el Órgano Legislativo Plurinacional - es un instrumento para mejorar la administración justicia, que viene atravesando un mal momento por la retardación de justicia, el excesivo formalismo en los procesos penales, la gran carga procesal y por la cultura de nuestra sociedad que tiende a penalizar toda conducta humana en lugar de promover mecanismos alternativos para la resolución de conflictos. Todo ello, genera un colapso en la aplicación de una justicia pronta y oportuna, tal como todas las personas aspiramos y merecemos tener.
Este proyecto de Ley tiene la finalidad de aliviar el sufrimiento de aquellas personas que, por diversas circunstancias, se convierten en víctimas o procesadas, debiendo enfrentar día a día una serie de barreras o cuellos de botella a momento de pedir el respeto y garantías para el cumplimiento de sus derechos.
Entre los contenidos más importantes de la Ley de Abreviación Procesal Penal figura la creación de las Medidas de Protección Especial en favor de mujeres, niñas/os y adolescentes que son víctimas de hechos de violencia, entre ellas se destacan las siguientes:
Es fundamental contar con estas medidas de protección para evitar las consecuencias que viven quienes denuncian hechos de violencia, reduciendo su vulnerabilidad y otorgándoles auxilio y protección de su integridad física psicológica y sexual. Estas medidas, una vez fundamentadas, deberán ser aplicadas por la Policía Boliviana o el Fiscal y son de cumplimiento inmediato y obligatorio por lo que incluso se puede recurrir al auxilio de la fuerza pública para su cumplimiento.
Por otra parte, esta norma prohíbe la revictimización de quien sufrió el hecho de violencia, disponiendo que su testimonio o declaración se realice en privado, una única vez, y con la presencia de sus familiares o peritos especializados.
Asimismo, durante cualquier etapa del proceso de los casos por violencia física o sexual contra niñas/os, adolescentes o mujeres, que tengan una pena privativa de libertad igual o superior a 6 años, la víctima o su representante legal podrán solicitar al Juez o Jueza que determinen también el divorcio o desvinculación de la unión libre, la asistencia familiar, la suspensión de la autoridad parental y la custodia o guarda de los hijos, todo en un solo proceso. Esta medida es fundamental ya que abreviará significativamente la carga procesal, los tiempos procesales y brindará las seguridades jurídicas que requiere cualquier víctima en estas circunstancias.
Para la aplicación efectiva del proyecto de Ley, es importante otorgar mayores recursos económicos y recursos humanos a todo el sistema de recepción de denuncias y al sistema jurídico en general, dotando de un mayor número de médicos forenses, jueces y fiscales especializados específicamente en materia de lucha contra la violencia hacia las mujeres, niñez y adolescencia.
En este sentido, la Ley también valida la participación de fundaciones y ONG para acompañar a las víctimas en los procesos de violencia, lo que sin duda coadyuvará para fortalecer la red de asistencia y protección que a la fecha es por demás insuficiente y que debe ser garantizada como derecho humano fundamental por el Estado boliviano y todas sus instancias.
En conclusión, la Ley de Abreviación Penal es la posibilidad de dar pasos hacia un verdadero y efectivo acceso a la justicia. En nuestro país, una mujer muere cada dos días por feminicidio, cada día se registran ante el Ministerio Público 13 denuncias por delitos de orden sexual y hay cerca de 104 denuncias diarias de hechos de violencia. Las soluciones no pueden esperar.
País: