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En Bolivia una mujer es asesinada cada tres días como resultado de la violencia machista, cuyas causas están relacionadas con la naturalización de la violencia, la transmisión de valores y estereotipos machistas reproducidos por los medios de comunicación.
Ante la difusión de la publicidad de la Empresa Nacional de Electricidad (conforme a publicación de ANF)
- Recordamos que todas las instancias públicas y privadas, conforme a la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia 348, deben evitar incurrir en Violencia Mediática que “Es aquella producida por los medios masivos de comunicación a través de publicaciones, difusión de mensajes e imágenes estereotipadas que promueven la sumisión y/o explotación de mujeres, que la injurian, difaman, discriminan, deshonran, humillan o que atenían contra su dignidad, su nombre y su imagen” (Art.7).
- Asimismo la Ley General de los Derechos De Las Usuarias y los Usuarios y de las Consumidoras y los Consumidores establece como “Publicidad Abusiva” aquella “(…) publicidad o información discriminatoria, que instiga o induce a la violencia o al miedo, aprovechándose de la falta de discernimiento e infringiendo valores ambientales, morales y éticos, que es capaz de inducir a las usuarias y los usuarios, las consumidoras y los consumidores a comportarse de forma perjudicial o peligrosa para su salud o integridad física” (Art 5).
- El Artículo 20 de esta norma señala que se hará el retiro de la publicidad e información engañosa y abusiva cuando “La exhibición de productos con imágenes de mujeres que deshonre o atente contra su dignidad o imagen, símbolos patrios, religiosos o cualquier otro elemento que constituya un mensaje que induzca a su consumo, cuando los productos y/o servicios ofertados impliquen algún riesgo para la salud”.
Convocamos a ENDE a cumplir con la norma y destinar sus recursos publicitarios a prevenir la violencia contra las mujeres y no sólo presentarlas como objetos. Demandamos al Ministerio de comunicación y de Justicia a proveer lineamientos comunicacionales para las instituciones estatales para evitar la reproducción de estereotipos, y contribuir a enfrentar de manera decidida a la violencia machista. La violencia contra las mujeres cobra cada día más vidas. Las respuestas no pueden esperar.
País:
En Bolivia una mujer es asesinada cada tres días como resultado de la violencia machista, cuyas causas están relacionadas con la naturalización de la violencia, la transmisión de valores y estereotipos machistas reproducidos por los medios de comunicación.
Ante la difusión de la publicidad de la Empresa Nacional de Electricidad (conforme a publicación de ANF)
- Recordamos que todas las instancias públicas y privadas, conforme a la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia 348, deben evitar incurrir en Violencia Mediática que “Es aquella producida por los medios masivos de comunicación a través de publicaciones, difusión de mensajes e imágenes estereotipadas que promueven la sumisión y/o explotación de mujeres, que la injurian, difaman, discriminan, deshonran, humillan o que atenían contra su dignidad, su nombre y su imagen” (Art.7).
- Asimismo la Ley General de los Derechos De Las Usuarias y los Usuarios y de las Consumidoras y los Consumidores establece como “Publicidad Abusiva” aquella “(…) publicidad o información discriminatoria, que instiga o induce a la violencia o al miedo, aprovechándose de la falta de discernimiento e infringiendo valores ambientales, morales y éticos, que es capaz de inducir a las usuarias y los usuarios, las consumidoras y los consumidores a comportarse de forma perjudicial o peligrosa para su salud o integridad física” (Art 5).
- El Artículo 20 de esta norma señala que se hará el retiro de la publicidad e información engañosa y abusiva cuando “La exhibición de productos con imágenes de mujeres que deshonre o atente contra su dignidad o imagen, símbolos patrios, religiosos o cualquier otro elemento que constituya un mensaje que induzca a su consumo, cuando los productos y/o servicios ofertados impliquen algún riesgo para la salud”.
Convocamos a ENDE a cumplir con la norma y destinar sus recursos publicitarios a prevenir la violencia contra las mujeres y no sólo presentarlas como objetos. Demandamos al Ministerio de comunicación y de Justicia a proveer lineamientos comunicacionales para las instituciones estatales para evitar la reproducción de estereotipos, y contribuir a enfrentar de manera decidida a la violencia machista. La violencia contra las mujeres cobra cada día más vidas. Las respuestas no pueden esperar.
País:
En Bolivia una mujer es asesinada cada tres días como resultado de la violencia machista, cuyas causas están relacionadas con la naturalización de la violencia, la transmisión de valores y estereotipos machistas reproducidos por los medios de comunicación.
Ante la difusión de la publicidad de la Empresa Nacional de Electricidad (conforme a publicación de ANF)
- Recordamos que todas las instancias públicas y privadas, conforme a la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia 348, deben evitar incurrir en Violencia Mediática que “Es aquella producida por los medios masivos de comunicación a través de publicaciones, difusión de mensajes e imágenes estereotipadas que promueven la sumisión y/o explotación de mujeres, que la injurian, difaman, discriminan, deshonran, humillan o que atenían contra su dignidad, su nombre y su imagen” (Art.7).
- Asimismo la Ley General de los Derechos De Las Usuarias y los Usuarios y de las Consumidoras y los Consumidores establece como “Publicidad Abusiva” aquella “(…) publicidad o información discriminatoria, que instiga o induce a la violencia o al miedo, aprovechándose de la falta de discernimiento e infringiendo valores ambientales, morales y éticos, que es capaz de inducir a las usuarias y los usuarios, las consumidoras y los consumidores a comportarse de forma perjudicial o peligrosa para su salud o integridad física” (Art 5).
- El Artículo 20 de esta norma señala que se hará el retiro de la publicidad e información engañosa y abusiva cuando “La exhibición de productos con imágenes de mujeres que deshonre o atente contra su dignidad o imagen, símbolos patrios, religiosos o cualquier otro elemento que constituya un mensaje que induzca a su consumo, cuando los productos y/o servicios ofertados impliquen algún riesgo para la salud”.
Convocamos a ENDE a cumplir con la norma y destinar sus recursos publicitarios a prevenir la violencia contra las mujeres y no sólo presentarlas como objetos. Demandamos al Ministerio de comunicación y de Justicia a proveer lineamientos comunicacionales para las instituciones estatales para evitar la reproducción de estereotipos, y contribuir a enfrentar de manera decidida a la violencia machista. La violencia contra las mujeres cobra cada día más vidas. Las respuestas no pueden esperar.
País:
En Bolivia una mujer es asesinada cada tres días como resultado de la violencia machista, cuyas causas están relacionadas con la naturalización de la violencia, la transmisión de valores y estereotipos machistas reproducidos por los medios de comunicación.
Ante la difusión de la publicidad de la Empresa Nacional de Electricidad (conforme a publicación de ANF)
- Recordamos que todas las instancias públicas y privadas, conforme a la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia 348, deben evitar incurrir en Violencia Mediática que “Es aquella producida por los medios masivos de comunicación a través de publicaciones, difusión de mensajes e imágenes estereotipadas que promueven la sumisión y/o explotación de mujeres, que la injurian, difaman, discriminan, deshonran, humillan o que atenían contra su dignidad, su nombre y su imagen” (Art.7).
- Asimismo la Ley General de los Derechos De Las Usuarias y los Usuarios y de las Consumidoras y los Consumidores establece como “Publicidad Abusiva” aquella “(…) publicidad o información discriminatoria, que instiga o induce a la violencia o al miedo, aprovechándose de la falta de discernimiento e infringiendo valores ambientales, morales y éticos, que es capaz de inducir a las usuarias y los usuarios, las consumidoras y los consumidores a comportarse de forma perjudicial o peligrosa para su salud o integridad física” (Art 5).
- El Artículo 20 de esta norma señala que se hará el retiro de la publicidad e información engañosa y abusiva cuando “La exhibición de productos con imágenes de mujeres que deshonre o atente contra su dignidad o imagen, símbolos patrios, religiosos o cualquier otro elemento que constituya un mensaje que induzca a su consumo, cuando los productos y/o servicios ofertados impliquen algún riesgo para la salud”.
Convocamos a ENDE a cumplir con la norma y destinar sus recursos publicitarios a prevenir la violencia contra las mujeres y no sólo presentarlas como objetos. Demandamos al Ministerio de comunicación y de Justicia a proveer lineamientos comunicacionales para las instituciones estatales para evitar la reproducción de estereotipos, y contribuir a enfrentar de manera decidida a la violencia machista. La violencia contra las mujeres cobra cada día más vidas. Las respuestas no pueden esperar.
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